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Licencias de Funcionamiento


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Solicitud de Licencias de Funcionamiento

Las disposiciones emanadas de la constitución Política de Colombia de 1991, en especial en su artículo 68, establece que “Los particulares podrán fundar establecimientos educativos. La Ley establecerá las condiciones para su creación y gestión”. Las implicaciones de las decisiones de creación, van desde el conocimiento de las leyes sobre el particular, hasta los alcances de las acciones de quienes hacen uso de las normas legales vigentes, que hacen posible, viabilizar proyectos de creación de establecimientos educativos, conforme a las necesidades e intereses de la comunidad.