INVITACIÓN PÚBLICA Nº 001 de 2025 - “ENAJENACIÓN DE BIENES MUEBLES A TÍTULO GRATUITO ENTRE ENTIDADES ESTATALES"
Invita a las Entidades Estatales de cualquier orden, interesadas en postularse para la enajenación a título gratuito de unos bienes muebles de propiedad de la Gobernación de Cundinamarca, descritos en la Resolución Nº 013 del 2025, los cuales serán enajenados a título gratuito de acuerdo a lo estipulado en el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, y cumpliendo los siguientes parámetros:
Entidades estatales
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1. A partir del mismo día en que sea publicado este aviso, las Entidades Estatales de cualquier orden tendrán un término de treinta (30) días calendario para manifestar su interés por escrito a la Secretaría General y de Cercanía al Ciudadano, donde deberán justificar la necesidad funcional que pretenden satisfacer con los bienes muebles objeto de enajenación, igualmente deberán allegar los documentos soportes que certifiquen la calidad de representante legal de quien suscribe la solicitud, así como el acto de nombramiento, acta de posesión y copia de la cédula de ciudadanía.
2. La Gobernación de Cundinamarca a través de la Secretaría General y de Cercanía al Ciudadano, enajenará la totalidad de los elementos relacionados en el artículo primero de la Resolución No. 016 de 2025 (13 DE MAYO DE 2025), la cual hace parte de la presente invitación, y se harán entrega a las entidades estatales postuladas y seleccionadas, una vez se verifique el cumplimiento de los requisitos exigidos para ser beneficiadas.
3. La postulación de las entidades para solicitar el conjunto de los bienes muebles a enajenar descritos como MOBILIARIOS en la citada Resolución, deberá ser sobre la totalidad de los bienes que la conforman, tal y como se describe en el parágrafo único del Artículo Tercero de la Resolución No. 016 del 13 de mayo de 2025: “PARÁGRAFO ÚNICO: En cuanto al MOBILIARIO que hace referencia el Artículo Primero de la presente resolución, se deja claridad en este acto, que la Entidad Estatal que manifieste su intención sobre dichos elementos deberá hacerlo sobre su totalidad, teniendo en cuenta que los mismos se encuentran en un estado de deterioro”.
4. En caso que existan dos o más entidades estatales interesadas por un mismo bien ya sean vehículos, motos, y mobiliario y que estos cumplan con los requisitos exigidos, dicho bien se entregará a la primera manifestación allegada a la Secretaría General y de Cercanía al Ciudadano, siempre que esta cumpla con los requisitos establecidos en el numeral primero de la presente invitación
5. Una vez se determine las entidades estatales a las que se les entregarán los bienes muebles objetos de enajenación, estás deberán sufragar todos los costos que se generen por el traslado de los mismos y demás circunstancias que se presenten.
6. Cuando se trate de vehículos, la entidad estatal beneficiaria deberá realizar los trámites de traspaso ante la Secretaría de Tránsito y Transporte, y/o Movilidad correspondiente, o la entidad que haga sus veces en el plazo estipulado.
7. En el caso de los vehículos, cualquier costo por concepto de traspaso, duplicado de documentos, SOAT, revisión técnico-mecánica, reparaciones y demás, serán asumidos por la Entidad Estatal beneficiada.
8. Las Entidades Estatales interesadas, deberán dirigir y remitir su postulación a la Secretaría General de Cundinamarca, a la dirección Calle 26 Nº 51 – 53 Torre Central Piso 7 de la ciudad de Bogotá D.C., y/o al correo: enajenacionbienesmuebles2025@cundinamarca.gov.co ; La presente invitación pública la realiza la Gobernación de Cundinamarca – Secretaría General y de Cercanía al Ciudadano a través de la página web de la entidad www.cundinamarca.gov.co.
9. Solamente serán aceptadas las postulaciones de las Entidades Estatales que hayan asistido a las visitas programadas por la Dirección de Bienes e Inventarios, de la Secretaria general y de Cercanía al Ciudadano, para la revisión del estado físico de los vehículos, teniendo en cuenta que algunos presentan deterioros avanzados. Para lo anterior se solicita la revisión del Anexo No. 1 Cronograma de Visitas de inspección.
10. En caso de presentarse algún desistimiento de los vehículos o mobiliario por alguno de los interesados y radicar nuevamente documentos de postulación, solamente se tendrá en cuenta la última postulación en el estricto orden de llegada de fecha y hora, lo anterior con el fin de garantizar a todos las mismas oportunidades.
Ninguna