Licencias De Uso Equipos Generadores De Radiación Ionizante (Rayos X)


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Licencias De Uso Equipos Generadores De Radiación Ionizante (Rayos X)


Nota: Se informa a los usuarios solicitantes de licencias que se está presentando un inconveniente en el envío de correos hacia usuarios de las plataformas Hotmail y Outlook. Debido a que estas plataformas consideran los correos enviados desde la Gobernación, como spam. Mientras esta condición persista, no será posible enviar correo a dichas plataformas. Por lo anterior es recomendable enviar las solicitudes de trámite de correos diferentes a estos dominios mencionados. Estaremos informando por este medio cuando se haya solucionado el inconveniente.

Para el trámite de licencia equipo de generador de radiación ionizante, de práctica médica, industrial, veterinaria o de investigación, debe tener en cuenta lo normado en la resolución 482 del 22 de febrero de 2018, de acuerdo con los requisitos de cada práctica y categoría, que allí se estipulan.

En caso de requerir asistencia técnica en el tema escribir un correo al siguiente buzón: spmartinez@cundinamarca.gov.co.

  • Escanear todos los documentos soporte de cumplimiento de los requisitos por separado y en orden en que aparecen en la norma al correo: spmartinez@cundinamarca.gov.co, si son archivos demasiado pesados enviarlos en archivo comprimido o por un enlace de drive a este mismo correo, en cualquier herramienta de compartir archivos.
  • Al enviar la solicitud por correo electrónico se está declarando bajo la gravedad del juramento para todos los efectos legales, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución Política de Colombia y del artículo 6° de la Ley 1437 de 2011 (C.P.A.C.A.), basados en el obrar de buena de fe, que la información de la solicitud de licencia de uso de equipos generadores de radiación ionizante, así como los soportes que la acompañan, son veraces y autorizo a la entidad a verificar la información suministrada. En caso de encontrarse irregularidad o inconsistencia de la información aquí registrada, la Secretaría de Salud tomará correctivos y medidas a que haya lugar de conformidad con la Ley; adicionalmente autoriza a la Secretaria de Salud de Cundinamarca a utilizar los datos personales para fines exclusivamente de la solicitud en cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las disposiciones de la Ley 1581 de 2012, ley de protección de datos y el Decreto 1377 de 2013 que la reglamenta parcialmente.

De igual forma autoriza para que cualquier comunicación relacionada con la solicitud y el actoadministrativo que ponga fin a la actuación administrativa se notifique mediante correo electrónico.

  • El trámite es gratuito, es decir sin costo para el solicitante.

Licencia De Práctica Médica

Importante sólo para este tipo de equipos: 

Tenga en cuenta que NO se otorgará la licencia de uso para equipos generadores de radiación ionizante a aquellos cuya titularidad o tenencia no pueda ser demostrada con la respectiva factura de compra, declaración de importación y registro sanitario (Registro INVIMA), este último exigible desde el año 2009, demostrando que estos documentos guardan relación con el prestador que realiza el trámite de solicitud de licenciamiento, lo anterior dando cumplimiento al Decreto 4725 de 2005: "Artículo 37. Dispositivos médicos considerados como equipo biomédico usado o repotenciado. Se podrá autorizar la importación, adquisición o donación de equipo biomédico usado clase I o IIa, los cuales serán considerados como de tecnología controlada. No se podrá autorizar la importación, ADQUISICIÓN o donación de Equipo Biomédico USADO de clases IIb y III."

Clasificación de Riesgo: Todo equipo generador de radiación ionizante se clasifica como riesgo IIb. Según Decreto 4725 de 2005

Algunas consideraciones adicionales: 

  1. El anexo 3, de solicitud, debe estar firmado por el representante legal del prestador que solicita la licencia y luego si pasarlo a PDF (Resolución 482 de 2018)
  2. Cumplir los requisitos según categoría, si son de práctica médica categoría II, incluir los documentos que dice en la visita. (Legibles)
  3. El permiso de comercialización es el mismo registro INVIMA, si son equipos fabricados antes del año 2009, presentar factura o certificado de ingreso al inventario de la entidad.
  4. La carga de trabajo que se registra en dos medidas (miliamperios minutos/semana – mAmin/sem) y en (No. de estudios a la semana) el primero se coloca en el anexo 3, y la segunda debe ser declarada por el responsable que hace el estudio de control de calidad del equipo.
  5. Los certificados de protección radiológica del encargado u oficial de protección radiológica deben cumplir el requisito normado en la misma resolución. (Cursados en Entidad de Educación Superior o Entidad de Formación para el Trabajo)
  6. Las pruebas de control de calidad y cálculo de blindaje para (el) o (los) equipo(s), a licenciar deben ser realizados por el prestador autorizado, de acuerdo a la lista que informa el Ministerio de Salud y Protección Social, el cual puede consultar en el siguiente enlace:

https://www.minsalud.gov.co/salud/MT/Paginas/radiaciones-ionizantes.aspx

  1. Si el equipo es nuevo o no esta en uso, al momento de solicitar la licencia el soporte de dosimetría, debe ser reemplazado por el contrato de servicio de dosimetría personal, involucrando los trabajadores que van a estar expuestos. Tenga en cuenta que es con los prestadores autorizados por el Ministerio de Minas y Energía. el cual puede consultar en el siguiente enlace:

https://www.minenergia.gov.co/servicios-de-dosimetria-personal1

 

Licencia De Práctica, Veterinaria, Industrial O De Investigación

Algunas consideraciones adicionales:  

  1. El anexo 4, de solicitud, debe estar firmado por el representante legal del prestador que solicita la licencia y luego si pasarlo a PDF (Resolución 482 de 2018)
  2. Cumplir los requisitos de la Res 482 de 2018, según la categoría y práctica de uso. 
  3. El permiso de comercialización, es el documento dado por la DIAN, factura de compra o certificado de ingreso al inventario de la entidad.
  4. La carga de trabajo se pide en dos medidas (miliamperios minutos/semana – mAmin/sem) y en (No. de estudios a la semana) el primero se coloca en el anexo 4, y la segunda debe ser declarada por el responsable que hace el estudio de control de calidad del equipo.
  5. El certificado de protección radiológica del encargado de protección radiológica debe cumplir el requisito normado en la misma resolución. (Cursado en Entidad de Educación Superior o Entidad de Formación para el Trabajo)
  6. Las pruebas de control de calidad y cálculo de blindaje para (el) o (los) equipo(s), a licenciar deben ser realizados por el prestador autorizado, de acuerdo a la lista que informa el Ministerio de Salud y Protección Social, el cual puede consultar en el siguiente enlace:

https://www.minsalud.gov.co/salud/MT/Paginas/radiaciones-ionizantes.aspx

  1. Si el equipo es nuevo o no esta en uso, al momento de solicitar la licencia el soporte de dosimetría, debe ser reemplazado por el contrato de servicio de dosimetría personal, involucrando los trabajadores que van a estar expuestos. Tenga en cuenta que es con los prestadores autorizados por el Ministerio de Minas y Energía. el cual puede consultar en el siguiente enlace:

https://www.minenergia.gov.co/servicios-de-dosimetria-personal1

 

MODIFICACIÓN  LICENCIAS DE EQUIPOS GENERADORES DE RADIACIÓN IONIZANTE

Bajo lo normado en la Resolución 482 de 2018 el equipo de Rayos X siempre debe contar con licencia para uso de equipos generadores de radiación ionizante vigente, hasta tanto no se surta la modificación el equipo sujeto a una modificación no debe usarse.

De acuerdo a la solicitud de modificación de licencias de uso para equipos generadores de radiación ionizante ante la Secretaria de Salud de Cundinamarca, debe tener en cuenta: 

 

MODIFICACIÓN DE RAZON SOCIAL

  1. Oficio del titular de la licencia solicitando la modificación de la licencia por cambio de razón social
  2. Documento de identidad del Representante Legal
  3. Certificado de representación legal
  4. Cámara y comercio de la nueva razón social
  5. Anexo 3 firmado por el representante legal - formato pdf - está en la norma (Resolución 482 de 2018)
  6. Copia de la Licencias a modificar

 

MODIFICACIÓN POR CAMBIO DE ENCARGADO U OFICIAL DE PROTECCION RADIOLOGICA

 

  1. Oficio del titular de la licencia solicitando la modificación de la licencia por cambio de Oficial en Protección Radiológica
  2. Documento de identidad del Representante Legal
  3. Diploma, acta de grado y certificación en protección radiológica del nuevo oficial o encargado de protección radiológica
  4. Documento de identidad del nuevo Oficial en Protección Radiológica
  5. Copia de la Licencia anterior

 

MODIFICACIÓN  POR CAMBIO OFICIAL DE TUBO

 

  1. Oficio del titular de la licencia solicitando la modificación de la licencia por cambio de tubo
  2. Anexo 3 firmado por el representante legal - formato PDF - está en la norma (Resolución 482 de 2018)
  3. Copia de la Licencia anterior
  4. Nuevos estudios y sus respectivas certificaciones de: Cálculo de blindaje y control de calidad después del cambio de tubo, realizados por los autorizados que aparecen en la página del ministerio de Salud y Protección Social

Nota General:

Para renovación de licencia de práctica médica, industrial, veterinaria o de investigación tenga en cuenta los artículos 28 y 37 de la resolución 482 de 2018, respectivamente según la práctica, adjuntando además de los requisitos estipulados, copia de la licencia anterior.

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