Notificaciones por Aviso


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De conformidad con lo establecido por la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.”, respecto a las notificación de los actos administrativos de carácter particular y concreto, consagrada en el artículo 69 el cual señala: “Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente del retiro del aviso”.

Por lo anterior  La Secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca procede a realizar la notificación por aviso así:

2022
No. Mes Año Fecha Fijación Fecha Desfijación Enlace
1 Febrero 2022 2022/02/10 2022/02/18

Rad. 2022611061 Anonimo.

2 Febrero 2022 2022/02/10 2022/02/18 Rad. 2022600294 Sandra Patricia Verano.
3 Febrero 2022 2022/02/10 2022/02/18 Rad. 2022610648 Jorge Augusto medieta Barrios.
4 Febrero 2022 2022/02/22 2022/03/01 Rad. 2022615636 Anonimo.
5 Abril 2022 2022/04/01 2022/04/08 Rad. 2022021534 Anonimo.
6 Mayo 2022 2022/05/18 2022/05/26 Rad. 2022029693 Oscar Yesid Rodriguez Camilo
7 Mayo 2022 2022/05/18 2022/05/26 Rad. 2022044125 Luis Alberto Gonzalez Montero
8 Mayo 2022 2022/05/18 2022/05/26 Rad. 2022043412 David Soto
9 Mayo 2022 2022/05/18 2022/05/26 Rad. 2022041867 Torres Romero
10 Mayo 2022 2022/05/18 2022/05/26 Rad. 2022036545 Narciso Lazo Ortiz
11 Mayo 2022 2022/05/18 2022/05/26 Rad. 2022034113 Yolanda Sanchez
12 Mayo 2022 2022/05/18 2022/05/26 Rad. 2022031196 Gloria Medina
  Mayo 2022 2022/05/18 2022/05/26 Rad. 2022031018 Gustavo Adolfo Diaz vargas
14 Mayo 2022 2022/05/18 2022/05/26 Rad. 2022024201 Pablo Emilio Rodriguez
15 Mayo 2022 2022/05/18 2022/05/26 Rad. 2022022376 Roque jose Bincos
16 Mayo 2022 2022/05/25 2022/06/02 Rad. 2022048574 Caludio Enrique Fonseca Gamba
17 Junio 2022 2022/06/13 2022/06/20 Rad. 2022662926 Martha Jacqueline Sanchez Jimenez
18 Junio 2022 2022/06/10 2022/06/17 Resolucion No. 029 de fecha 03 de junio de 2022 Neder Alfredo Madera
19 Junio 2022 2022/06/10 2022/06/17 Resolucion No. 035 de fecha 03 de Junio de 2022 Johan Fransua Vargas Martinez
20 Julio 2022 2022/07/12 2022/07/19 Rad. 2022050765 Ana Torres
21 Julio 2022 2022/07/22  

Notificaciones por Aviso

Declaratoria Administrativa de Abandono.       

           

 

 

El suscrito Profesional Universitario –Autoridad de Tránsito de la Sede Operativa de La Calera de la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 3 y 134 de la Ley 769 de 2002 y de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 Código Contencioso Administrativo, se fija el presente Aviso, hoy 28 de noviembre de 2023 a las 08:00 a.m. con el fin de notificar al señor SEBASTIAN DAVID MANRIQUE ROSERO Identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.003.882.492 del contenido del acto administrativo No. 016 de 02 de octubre de 2023 expedido por el Profesional Universitario de la Sede Operativa de La Calera, que en su parte resolutiva resuelve:

ARTICULO PRIMERO: Establecer que en razón a la comisión de la infracción contenida en la orden de comparendo nacional 99999999000005484273 de fecha 17 DE FEBRERO DEL 2023, con fundamento en el Artículo 131 Literal F adicionado por el Artículo 4 de la Ley 1696 de 2013 "Conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.", como quiera fue sorprendido conduciendo en estado de embriaguez y permitió la realización de la prueba de embriaguez, desencadenando la declaratoria de responsabilidad contravencional, por lo tanto se ordena SUSPENSIÓN al derecho a conducir al señor SEBASTIAN DAVID MANRIQUE ROSERO identificado con la cedula de ciudadanía No. 1.003.882.492, el término de 03 AÑOS, lo cual lo inhabilita para conducir cualquier tipo de vehículo automotor que permita el transporte de personas, cosas o animales en las vías, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente.

ARTICULO SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 152 del Código Nacional de Tránsito modificado por el Artículo 5 de la Ley 1696 de 2013, se imponen también las sanciones accesorias de la realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas por TREINTA (30) horas.

ARTICULO TERCERO: Contra la presente resolución procede el recurso de apelación interpuesto y sustentado oralmente en la diligencia de notificación personal o por escrito dentro de los 10 días, de conformidad con los artículos 134 y 142 de la ley 769 de 2002; y 67 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTICULO CUARTO: Una vez ejecutoriada, comuníquese la presente al Registro Nacional de infractores a través del sistema de información tecnológico que opera en la Secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.

CONSTACIA DE FIJACIÓN: Se fija el día 28 de noviembre de 2023, en la cartelera de la Sede operativa de La Calera de la secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.

Fecha de Publicacion:
Nov 28, 2023
Fecha de Desfijación:
Dec 5, 2023

 Descargar Anexo 1


 

El suscrito Profesional Universitario –Autoridad de Tránsito de la Sede Operativa de La Calera de la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 3 y 134 de la Ley 769 de 2002 y de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 Código Contencioso Administrativo, se fija el presente Aviso, hoy 28 de noviembre de 2023 a las 08:00 a.m. con el fin de notificar al señor HECTOR HERNANDO MALDONADO RODRIGUEZ identificado con la cedula de ciudadanía No. 3.059.124 del contenido del acto administrativo No. 018 de 02 de octubre de 2023 expedido por el Profesional Universitario de la Sede Operativa de La Calera, que en su parte resolutiva resuelve:

ARTICULO PRIMERO: Establecer que en razón a la comisión de la infracción contenida en la orden de comparendo nacional 99999999000005642835 de fecha 29 de julio del 2023, impuesta con fundamento en el Artículo 131 Literal F adicionado por el Artículo 4 de la Ley 1696 de 2013 "Conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.", como quiera fue sorprendido conduciendo en estado de embriaguez y que de la prueba practicada se estableció un GRADO II, desencadenando la declaratoria de responsabilidad contravencional, por lo tanto se ordena LA SUSPENSION del derecho a conducir al señor HECTOR HERNANDO MALDONADO RODRIGUEZ identificado con la cedula de ciudadanía No. 3.059.124, por el término de 05 AÑOS, lo cual lo inhabilita para conducir cualquier tipo de vehículo automotor que permita el transporte de personas, cosas o animales en las vías, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente.

ARTICULO SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 152 del Código Nacional de Tránsito modificado por el Artículo 5 de la Ley 1696 de 2013, se imponen también las sanciones accesorias de la realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas por cuarenta (40) horas.

ARTICULO TERCERO: Contra la presente resolución procede el recurso de apelación interpuesto y sustentado oralmente en la diligencia de notificación personal o por escrito dentro de los 10 días siguientes a la notificación personal o por aviso, de conformidad con los artículos 134 y 142 de la ley 769 de 2002; y 67 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTICULO CUARTO: Una vez ejecutoriada, comuníquese la presente al Registro Nacional de infractores a través del sistema de información tecnológico que opera en la Secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.

CONSTACIA DE FIJACIÓN: Se fija el día 28 de noviembre de 2023, en la cartelera de la Sede operativa de La Calera de la secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.

Fecha de Publicacion:
Nov 28, 2023
Fecha de Desfijación:
Dec 5, 2023

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El suscrito Profesional Universitario –Autoridad de Tránsito de la Sede Operativa de La Calera de la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 3 y 134 de la Ley 769 de 2002 y de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 Código Contencioso Administrativo, se fija el presente Aviso, hoy 28 de noviembre de 2023 a las 08:00 a.m. con el fin de notificar al señor DIEGO FERNANDO ROJAS identificado con la cedula de ciudadanía No. 1.005.703.425 del contenido del acto administrativo No. 016 de 02 de octubre de 2023 expedido por el Profesional Universitario de la Sede Operativa de La Calera, que en su parte resolutiva resuelve:

ARTICULO PRIMERO: Establecer que en razón a la comisión de la infracción contenida en la orden de comparendo nacional 99999999000005511497 de fecha 12 de marzo del 2023, impuesta con fundamento en el Artículo 131 Literal F adicionado por el Artículo 4 de la Ley 1696 de 2013 "Conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.", como quiera fue sorprendido conduciendo en estado de embriaguez y que de la prueba practicada se estableció un GRADO II, desencadenando la declaratoria de responsabilidad contravencional, por lo tanto se ordena LA SUSPENSION del derecho a conducir al señor DIEGO FERNANDO ROJAS identificado con la cedula de ciudadanía No. 1.005.703.425, por el término de 05 AÑOS, lo cual lo inhabilita para conducir cualquier tipo de vehículo automotor que permita el transporte de personas, cosas o animales en las vías, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente.

ARTICULO SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 152 del Código Nacional de Tránsito modificado por el Artículo 5 de la Ley 1696 de 2013, se imponen también las sanciones accesorias de la realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas por cuarenta (40) horas.

ARTICULO TERCERO: Contra la presente resolución procede el recurso de apelación interpuesto y sustentado oralmente en la diligencia de notificación personal o por escrito dentro de los 10 días siguientes a la notificación personal o por aviso, de conformidad con los artículos 134 y 142 de la ley 769 de 2002; y 67 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTICULO CUARTO: Una vez ejecutoriada, comuníquese la presente al Registro Nacional de infractores a través del sistema de información tecnológico que opera en la Secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.

CONSTACIA DE FIJACIÓN: Se fija el día 28 de noviembre de 2023, en la cartelera de la Sede operativa de La Calera de la secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.

Fecha de Publicacion:
Nov 28, 2023
Fecha de Desfijación:
Dec 5, 2023

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El suscrito Profesional Universitario –Autoridad de Tránsito de la Sede Operativa de La Calera de la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 3 y 134 de la Ley 769 de 2002 y de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 Código Contencioso Administrativo, se fija el presente Aviso, hoy 28 de noviembre de 2023 a las 08:00 a.m. con el fin de notificar al señor LUIS EDUARDO ALVARADO Identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.396.651 del contenido del acto administrativo No. 014 de 02 de octubre de 2023 expedido por el Profesional Universitario de la Sede Operativa de La Calera, que en su parte resolutiva resuelve:

ARTICULO PRIMERO: Establecer que en razón a la comisión de la infracción contenida en la orden de comparendo nacional 25377001000029569843 de fecha 17 DE ABRIL DEL 2023, con fundamento en el Artículo 131 Literal F adicionado por el Artículo 4 de la Ley 1696 de 2013 "Conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.", como quiera fue sorprendido conduciendo en estado de embriaguez y permitió la realización de la prueba de embriaguez, desencadenando la declaratoria de responsabilidad contravencional, por lo tanto se ordena SUSPENSIÓN al derecho a conducir al señor LUIS EDUARDO ALVARADO MENDIVELSO identificado con la cedula de ciudadanía No. 8.396.651,, el término de 03 AÑOS, lo cual lo inhabilita para conducir cualquier tipo de vehículo automotor que permita el transporte de personas, cosas o animales en las vías, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente.

ARTICULO SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 152 del Código Nacional de Tránsito modificado por el Artículo 5 de la Ley 1696 de 2013, se imponen también las sanciones accesorias de la realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas por TREINTA (30) horas.

ARTICULO TERCERO: Contra la presente resolución procede el recurso de apelación interpuesto y sustentado oralmente en la diligencia de notificación personal o por escrito dentro de los 10 días, de conformidad con los artículos 134 y 142 de la ley 769 de 2002; y 67 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Fecha de Publicacion:
Nov 28, 2023
Fecha de Desfijación:
Dec 5, 2023

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El suscrito Profesional Universitario –Autoridad de Tránsito de la Sede Operativa de La Calera de la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 3 y 134 de la Ley 769 de 2002 y de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 Código Contencioso Administrativo, se fija el presente Aviso, hoy 28 de noviembre de 2023 a las 08:00 a.m. con el fin de notificar al señor NORBERTO OLIVOS PRADA Identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.055.313.476 del contenido del acto administrativo No. 013 de 02 de octubre de 2023 expedido por el Profesional Universitario de la Sede Operativa de La Calera, que en su parte resolutiva resuelve:

ARTICULO PRIMERO: Establecer que en razón a la comisión de la infracción contenida en la orden de comparendo nacional 99999999000005512038 de fecha 20 DE MARZO DEL 2023, con fundamento en el Artículo 131 Literal F adicionado por el Artículo 4 de la Ley 1696 de 2013 "Conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.", como quiera fue sorprendido conduciendo en estado de embriaguez y permitió la realización de la prueba de embriaguez, desencadenando la declaratoria de responsabilidad contravencional, por lo tanto se ordena SUSPENSIÓN al derecho a conducir al señor NORBERTO OLIVOS PRADA identificado con la cedula de ciudadanía No. 1.055.313.476, el término de 03 AÑOS, lo cual lo inhabilita para conducir cualquier tipo de vehículo automotor que permita el transporte de personas, cosas o animales en las vías, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente.

ARTICULO SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 152 del Código Nacional de Tránsito modificado por el Artículo 5 de la Ley 1696 de 2013, se imponen también las sanciones accesorias de la realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas por TREINTA (30) horas.

ARTICULO TERCERO: Contra la presente resolución procede el recurso de apelación interpuesto y sustentado oralmente en la diligencia de notificación personal o por escrito dentro de los 10 días, de conformidad con los artículos 134 y 142 de la ley 769 de 2002; y 67 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTICULO CUARTO: Una vez ejecutoriada, comuníquese la presente al Registro Nacional de infractores a través del sistema de información tecnológico que opera en la secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.

CONSTACIA DE FIJACIÓN: Se fija el día 28 de noviembre de 2023, en la cartelera de la Sede operativa de La Calera de la secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.

 

Fecha de Publicacion:
Nov 28, 2023
Fecha de Desfijación:
Dec 5, 2023

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El suscrito Profesional Universitario –Autoridad de Tránsito de la Sede Operativa de La Calera de la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 3 y 134 de la Ley 769 de 2002 y de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 Código Contencioso Administrativo, se fija el presente Aviso, hoy 28 de noviembre de 2023 a las 08:00 a.m. con el fin de notificar al señor LUIS GERMAN VALERO SARMIENTO Identificado con la cédula de ciudadanía No. 3.070.320 del contenido del acto administrativo No. 011 de 02 de octubre de 2023 expedido por el Profesional Universitario de la Sede Operativa de La Calera, que en su parte resolutiva resuelve:

 

ARTICULO PRIMERO: Establecer que en razón a la comisión de la infracción contenida en la orden de comparendo nacional 99999999000005544525 de fecha 27 DE MAYO DEL 2023, con fundamento en el Artículo 131 Literal adicionado por el Artículo 4 de la Ley 1696 de 2013 "Conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.", como quiera fue sorprendido conduciendo en estado de embriaguez y permitió la realización de la prueba de embriaguez, desencadenando la declaratoria de responsabilidad contravencional, por lo tanto se ordena SUSPENSIÓN al derecho a conducir al señor LUIS GERMAN VELERO SARMIENTO identificado con la cedula de ciudadanía No. 3070320, el término de 03 AÑOS, lo cual lo inhabilita para conducir cualquier tipo de vehículo automotor que permita el transporte de personas, cosas o animales en las vías, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente.

ARTICULO SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 152 del Código Nacional de Tránsito modificado por el Artículo 5 de la Ley 1696 de 2013, se imponen también las sanciones accesorias de la realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas por TREINTA (30) horas.

ARTICULO TERCERO: Contra la presente resolución procede el recurso de apelación interpuesto y sustentado oralmente en la diligencia de notificación personal o por escrito dentro de los 10 días, de conformidad con los artículos 134 y 142 de la ley 769 de 2002; y 67 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTICULO CUARTO: Una vez ejecutoriada, comuníquese la presente al Registro Nacional de infractores a través del sistema de información tecnológico que opera en la secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.

CONSTACIA DE FIJACIÓN: Se fija el día 28 de noviembre de 2023, en la cartelera de la Sede operativa de La Calera de la secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.

Fecha de Publicacion:
Nov 28, 2023
Fecha de Desfijación:
Dec 5, 2023

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El suscrito Profesional Universitario –Autoridad de Tránsito de la Sede Operativa de La Calera de la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca, en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 3 y 134 de la Ley 769 de 2002 y de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 Código Contencioso Administrativo, se fija el presente Aviso, hoy 14 de noviembre de 2023 a las 08:00 a.m. con el fin de notificar al señor NELSON ALBEIRO RAMOR RODRIGUEZ Identificado con la cédula de ciudadanía No. 11.350.324 del contenido del acto administrativo No. 025 de 02 de mayo de 2023 expedido por el Profesional Universitario de la Sede Operativa de La Calera, que en su parte resolutiva resuelve:


ARTICULO PRIMERO: Establecer que en razón a la comisión de la infracción contenida en la orden de comparendo nacional 5185277 de fecha 17 de diciembre de 2022 impuesta con fundamento en el Artículo 131 Literal F adicionado por el Artículo 4 de la Ley 1696 de 2013 "Conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.", como quiera que fue sorprendido conduciendo en estado de embriaguez y que de la prueba clínica practicada se estableció EMBRIAGUEZ GRADO UNO, desencadenando la declaratoria de responsabilidad contravencional, por lo tanto se ordena SUSPENDER el derecho a conducir al señor NELSON ALBEIRO RAMOS RODRIGUEZ, identificado con la cedula de ciudadanía No. 11.650.324, por el término de TRES (3) AÑOS, lo cual lo inhabilita para conducir cualquier tipo de vehículo automotor que permita el transporte de personas, cosas o animales en las vías, y la realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo el influjo de alcohol o sustancias psicoactivas, durante 30 horas de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente.


ARTICULO SEGUNDO: Contra la presente resolución procede el recurso de apelación interpuesto y sustentado oralmente en la diligencia de notificación personal o por escrito dentro de los 10 días siguientes a la notificación personal o por aviso, de conformidad con los artículos 134 y 142 de la ley 769 de 2002; y 67 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.


ARTICULO TERCERO: Una vez ejecutoriada, comuníquese la presente al Registro Nacional de infractores a través del sistema de información tecnológico que opera en la Secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.
CONSTACIA DE FIJACIÓN:
Se fija el día 14 de noviembre de 2023, en la cartelera de la Sede operativa de La Calera de la secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.

 

Fecha de Publicacion:
Nov 28, 2023
Fecha de Desfijación:


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La Autoridad de Tránsito de la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca en cabeza del Profesional Universitario de la Sede Operativa El
Rosal, en uso de sus facultades, legales señaladas en los Artículos 3, 7 y 134 de la Ley 769 de 2002 y en aplicación de lo establecido en el artículo 69 del
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo procede a notificar la siguiente respuesta:

OFICIO RESOLUCION

DESTINATARIO JAIRO ALIRIO MURCIA QUIROGA
ASUNTO RESOLUCION No 085
COMPARENDO 5408041

Fecha de Publicacion:
Nov 15, 2023
Fecha de Desfijación:
Nov 21, 2023

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RESPUESTA DERECHO DE PETICIÓN 2023125020 Cordial saludo. En atención a la solicitud allegada a la Sede Operativa de Ricaurte, de la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca, bajo el radicado No. 2023125020, me permito resolver su solicitud de la siguiente manera: Como quiera que su solicitud versa sobre comparendo de competencia de Ricaurte; me permito informarle que una vez consultada la plataforma SIMIT, se encontró que la cedula no. 84073083, relacionada en su escrito, NO presenta comparendos pendientes de pago con Ricaurte, por lo cual adjunto pantallazo de paz y salvo.

Fecha de Publicacion:
Sep 26, 2023
Fecha de Desfijación:


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En atención a su solicitud, dirigida a la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca – Sedes Operativas en Tránsito, de manera atenta me permito informarle lo siguiente: Desde el 1 de julio hasta el 9 de agosto de 2023 la operatividad técnica y gestión sistemática de los servicios en materia de tránsito estuvo en su totalidad en cabeza de la Secretaría de Transporte y Movilidad de Cundinamarca, hasta tanto culminaran las actividades necesarias para una adecuada estructuración, proceso de selección, suscripción de un nuevo contrato, para concesionar la operación y organización de algunos servicios administrativos en materia de tránsito de la Secretaría. Es así que una vez agotadas las actividades necesarias en el proceso de licitación pública se suscribió Contrato de Concesión No. SMTC-LP-322-2023 con la Unión Temporal Movilidad Integrada y Digital de Cundinamarca (MOVIDIC), a quien desde el 10 de agosto de 2023 le corresponde llevar a cabo la operación, administración de los servicios y tramites a cargo de la secretaria de Transporte y Movilidad de Cundinamarca.

 

Fecha de Publicacion:
Sep 14, 2023
Fecha de Desfijación:


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