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Funciones


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Son funciones esenciales de la Secretaria de Desarrollo e Inclusión Social las siguientes:

  1. Participar en la formulación del Plan Departamental de Desarrollo y en la definición y ejecución de las estrategias, programas y proyectos relacionados con el cumplimiento de la misión institucional.
  2. Dirigir, orientar y controlar la formulación, programación y ejecución de los programas y proyectos de desarrollo e inclusión social del Plan Departamental de Desarrollo.
  3. Liderar y articular la agenda social del Departamento en sinergia con los demás sectores sociales y las entidades competentes del orden territorial y nacional.
  4. Dirigir y controlar el seguimiento, monitoreo y evaluación de los programas y proyectos de Desarrollo e Inclusión Social del Departamento.
  5. Dirigir y supervisar el diseño, formulación, y ejecución de las políticas sociales del Departamento en el marco de la construcción participativa y el empoderamiento efectivo con los diferentes actores sociales o grupos de interés.
  6. Liderar y ejecutar las agendas con entidades e instituciones sectoriales, nacionales, y del Departamento que contribuyan al cumplimiento de los objetivos estratégicos, programas y proyectos sociales.
  7. Promover y articular con los municipios, acciones de complementariedad y subsidiariedad para generar oportunidades de participación y desarrollo en sus comunidades.
  8. Promover el Departamento de Cundinamarca la inclusión social a través del desarrollo de políticas, planes, programas y proyectos que fortalezcan las habilidades y valorando la diversidad.
  9. Establecer alianzas interinstitucionales y esquemas de responsabilidad social, empresarial, institucional, académica y otras, a fin de promover y asegurar el desarrollo de las políticas y programas del sector social del Departamento
  10. Participar en las actividades de articulación con las entidades nacionales, departamentales y municipales para el desarrollo de las estrategias de lucha contra la trata de personas, atención a victimas de Conflicto Armado (VCA) entre otras en lo de su competencia.
  11. Liderar la consolidación de bases de datos de la caracterización de población de cada uno de los grupos de interés de la Secretaria de Desarrollo e Inclusión Social.
  12. Promover las acciones encaminadas a la defensa y protección de los derechos humanos de los grupos sociales de interés de su competencia en articulación con la Secretaria de Gobierno.

Son funciones del Despacho del Secretario de Desarrollo e Inclusión Social las siguientes:

  1. Proponer planes de acción de la Secretaria de Desarrollo e Inclusión social y ejercer las funciones de dirección, coordinación y control en las materias de su competencia.
  2. Dirigir y coordinar las funciones generales asignadas a los Secretarios de Despacho en el Estatuto Básico de la Administración Departamental como primer responsable técnico administrativo en temas de desarrollo e inclusión social.
  3. Dirigir el diseño, formulación e implementación de las políticas publicas sociales que involucren a todos los grupos de interés.
  4. Dirigir y controlar la formulación, ejecución, evaluación y control de planes, programas y decisiones del Gobierno Departamental.
  5. Dirigir y controlar la ejecución de las políticas de desarrollo e inclusión social conforme a las decisiones del Gobierno Departamental las directrices de las autoridades nacionales y los derechos de los diferentes grupos poblacionales.
  6. Dirigir y controlar la formulación, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos dirigidos a la superación de la pobreza y promoción de la seguridad alimentaria en el Departamento.
  7. Dirigir la formulación, implementación y evaluación de planes, programas y proyectos dirigidos a la superación de la pobreza y promoción de la seguridad alimentaria en el departamento.
  8. Liderar la consolidación de bases de datos de la caracterización de la población de cada uno de los grupos de interés de la Secretaria de Desarrollo e Inclusión Social.
  9. Dirigir la promoción de acciones encaminadas a la defensa y protección de los derechos humanos de los grupos sociales de interés de su competencia en articulación con la Secretaria de Gobierno.

Son funciones de la Dirección de Intervención Poblacional las siguientes:

  1. Participar en la formulación y ejecución de planes, programas yt proyectos de intervención poblacional con el fin de ser incorporados y aprobados en el Plan Departamental de Desarrollo.
  2. Dirigir y participar en la identificación, gestión e implementación de procesos y proyectos que contribuyan a la igualdad de los derechos de los grupos poblacionales y de aquellos que requieren atención preferente de acuerdo con la Constitución y las leyes especialmente las de familia, infancia, adolescencia, juventud, adultez adultos mayores y población con discapacidad.
  3. Dirigir, promover y supervisar la implementación de proyectos de economía social que permitan a los diferentes grupos poblacionales ser partícipes del desarrollo económico del Departamento e incorporarse en la economía formal.
  4. Formular, dirigir y controlar los planes y programas orientados al fortalecimiento de las economías sociales y solidarias del Departamento y de apoyo a los emprendimientos socioeconómicos de los grupos poblacionales.
  5. Dirigir y orientar la identificación e impulso potencial asociativo de las comunidades, asi como las redes sociales de cooperación, con el fin de motivar y promover la capacidad de autogestión e interlocución con la comunidad, en proyectos de inclusión y economía social de los grupos poblacionales.
  6. Proponer acciones encaminadas al fortalecimiento de la responsabilidad social empresarial, académica, y gubernamental en el Departamento, con el objeto de impulsar actividades de intervención poblacional.
  7. Dirigir y concretar acciones, estrategias y proyectos con entidades nacionales, territoriales, institucionales, organizaciones, sectores y asociaciones destinas a fortalecer la inclusión y el desarrollo de la economía social de los diferentes grupos poblacionales.
  8. Hacer seguimiento y control de los programas y proyectos de las gerencias a su cargo.
  9. Coordinar la consolidación de bases de datos de la caracterización de la población de cada uno de los grupos de interés de su competencia.
  10. Promover acciones encaminadas a la defensa de protección de los derechos humanos de los grupos sociales de interés de su competencia en articulación con la Secretaria de Gobierno.

 

Son funciones de la Gerencia para la Familia, Infancia y Adolescencia las siguientes:

  1. Formular e implementar programas y proyectos dirigidos a la atención de la primera infancia, infancia y adolescencia y familias del Departamento.
  2. Gestionar espacios que permitan adelantar acciones para la protección de los derechos de la primera infancia, infancia y adolescencia asi como el mejoramiento de las relaciones intrafamiliares.
  3. Coadyuvar en el desarrollo de programas y acciones que buscan consolidar a la unidad familiar en la que se garanticen los derechos de la familia se promueva la solución pacifica de conflictos y se incentive una vida libre de violencia de sus integrantes.
  4. Promover la sinergia de actores a través de la articulación de los planes, programas y sus acciones en el marco del Plan de Desarrollo Departamental y sus competencias.
  5. Apoyar la formulación colectiva de políticas, programas y proyectos sociales que involucren los diferentes grupos de interés con el fin de mejorar la inclusión y el desarrollo de la economía social.
  6. Brindar asesoría y asistencia técnica a los Municipios asi como realizar el seguimiento a través de encuentros de pares, para involucrarlos en el desarrollo de los programas y proyectos en el marco de sus competencias.
  7. Realizar el enlace entre las entidades nacionales y los municipios del Departamento para el cumplimiento de los lineamentos, directrices, y normatividad relacionada con el sector.
  8. Liderar en coordinación con la Secretaria de Planeación la articulación de la política de primera infancia, infancia y adolescencia con el nivel nacional, departamental, y municipal para la efectiva garantía de los derechos de los grupos poblacionales a su cargo.
  9. Liderar las mesas técnicas departamentales de primera infancia, infancia y adolescencia y familia del Consejo Departamental de Política Social.
  10. Liderar a nivel departamental los proyectos de garantía al Desarrollo, Protección, Existencia y Ciudadanía.
  11. Efectuar la formulación y desarrollo de los demás proyectos liderados por la Dirección que le sean asignados.
  12. Conformar y mantener actualizadas las bases de datos de la caracterización de la población de cada uno de los grupos de interés de su competencia.

 

Son funciones de la Gerencia para la Juventud y Adultez las siguientes:

  1. Formular e implementar programas proyectos dirigidos a la atención de jovenes en el marco de la normatividad vigente en materia de participación juvenil del Departamento.
  2. Ejecutar proyectos y acciones encaminados al desarrollo integral, económico, familiar y comunitario de las y de los adultos cundinamarqueses con base en estrategias entre sectores y alianzas para la igualdad de oportunidades.
  3. Gestionar espacios y recursos que permitan implementar la política publica de Juventud del Departamento.
  4. Promover la sinergia de actores a través de la articulación de planes, programas, y sus acciones en el marco del Plan de Desarrollo Departamental y sus competencias.
  5. Brindar asesoría y asistencia técnica a los municipios asi como realizar su seguimiento a través de los encuentros de pares para involucrarlos en el desarrollo de programas y proyectos en el marco de sus competencias.
  6. Realizar el enlace entre las entidades nacionales y los municipios del Departamento para el cumplimiento de los lineamentos, directrices, y normatividad relacionada con el sector en temas de inclusión y desarrollo de la economía social.
  7. Apoyar técnicamente a las plataformas de Juventud, Organizaciones o Colectivos Juveniles y Consejos de Juventud del Departamento.
  8. Ejecutar programas dirigidos a la prevención universal del consumo de sustancias psicoactivas para los jovenes del Departamento a través de actividades de aprovechamiento de tiempo libre.
  9. Efectuar la formulación y desarrollo de los demás proyectos liderados por la Dirección que le sean asignados.
  10. Conformar y mantener actualizadas las bases de datos de la caracterización de la población de cada uno de los grupos de interés de sus competencias.

 

Son funciones de la Gerencia para la Atención de Personas Mayores con Discapacidad las siguientes:

  1. Liderar la programación y monitoreo de las metas sociales y financieras, basados en los Objetivos de Desarrollo Sostenible ODS.
  2. Gestionar los espacios que permitan adelantar las acciones para la visibilidad y participación directa de las personas adultos mayores, personas en condición de discapacidad y/o sus cuidadores garantizando su inclusión en los procesos de desarrollo del Departamento.
  3. Realizar el seguimiento, monitoreo, evaluación a la ejecución de los recursos y programas definidos para personas adultas mayores y personas en condición de discapacidad.
  4. Promover la sinergia de actores a través de la articulación de los planes, programas y sus acciones en el marco del Plan de Desarrollo Departamental y sus competencias.
  5. Impulsar los procesos de implementación de las políticas públicas, planes, programas y proyectos de las Personas Mayores y Personas con Discapacidad del Departamento, con Entidades del orden Nacional, Municipal y Sector privado que se definan como actores fundamentales para el sostenimiento exitoso de la población.
  6. Brindar asesoría y asistencia técnica a los municipios asi como realizar su seguimiento a través de encuentros de pares para involucrarlos en el desarrollo de los programas y proyectos en el marco de sus competencias.
  7. Realizar el enlace entre las entidades nacionales y los municipios del Departamento en el cumplimiento de los lineamentos, directrices y normatividad relacionada con los derechos de las personas adultas mayores y personas en condición de discapacidad.
  8. Desarrollar estrategias, alianzas y gestiones orientadas a fomentar el reconocimiento y aceptación de las Personas Mayores y Personas con Discapacidad del Departamento.
  9. Efectuar la formulación y desarrollo de los demás proyectos liderados por la Dirección que le sea asignada.
  10. Conformar y mantener actualizadas las bases de datos de la caracterización de la población de cada uno de los grupos de interés de su competencia.

Son funciones de la Dirección de Inclusión Social las siguientes:

  1. Participar en la formulación y ejecución de programas y proyectos de política social y derechos sociales, dirigidos a la población vulnerable y aquella que requiere atención preferente con el fin de ser incorporados y aprobados en el Plan Departamental de Desarrollo.
  2. Dirigir y participar en la identificación, gestión e implementación de procesos y proyectos que garanticen el cumplimiento de los derechos sociales de los habitantes del Departamento especialmente de las poblaciones vulnerables, la comunidad LGBTI y minorías étnicas.
  3. Dirigir y articular y hacer seguimiento a los programas y proyectos de la secretaria dirigidos al cumplimiento de los derechos sociales de la población vulnerable del Departamento.
  4. Dirigir el diseño e implementar estrategias, programas y proyectos que permitan mejorar la seguridad alimentaria y nutricional del departamento.
  5. Dirigir y controlar la ejecución de proyectos destinados a conocer las necesidades alimentarias y nutricionales asi como las mejores opciones para su satisfacción.
  6. Impulsar el diseño, formulación y ejecución de políticas sociales asi como su implementación en el marco de la construcción participativa y el empoderamiento concertado con los diferentes actores sociales o grupos de interés.
  7. Identificar, gestionar e implementar procesos y proyectos que permitan avanzar en la garantía de los derechos sociales de la población mas vulnerada en el Departamento y aquella atención preferente según la constitución y las leyes especialmente minorías, comunidades étnicas y comunidad LGBTI.
  8. Dirigir la formulación implementación y seguimiento y evaluación a las políticas sociales del Departamento dirigidas a las comunidades LGBTI y minorías étnicas de Seguridad Alimentaria, Nutricional guerra contra la pobreza con enfoque territorial de derechos y género.
  9. Liderar el estudio y aprobación de políticas sociales en el Consejo Departamental de Política Social relacionadas con la comunidad LGBTI y minorías étnicas y coordinar el funcionamiento de las mesas temáticas de este Consejo Departamental.
  10. Diseñar y mantener actualizados los indicadores de gestión y resultados destinados al seguimiento, evaluación y toma de decisiones en materia de política social y derechos sociales de su competencia.
  11. Dirigir, promover y supervisar la implementación de proyectos de economía social que permitan a la población que requiere un trato preferente ser partícipes del desarrollo económico del Departamento e insertarse en la economía formal.
  12. Dirigir y controlar planes y programas orientados al fortalecimiento de las economías sociales y solidarias del Departamento y de apoyo a los emprendimientos socioeconómicos de la población que requiere un trato preferente especialmente la comunidad LGBTI y minoría étnicas.
  13. Dirigir y orientar la identificación e impulso del potencial asociativo de las comunidades asi como las redes sociales de cooperación con el fin de motivar y promover la capacidad de autogestión e interlocución con la comunidad en proyectos de inclusión y economía social de la población que requiere un trato preferente.
  14. Dirigir y concertar acciones estratégicas y proyectos con las entidades nacionales, territoriales, instituciones, organizaciones, sectores, y asociaciones destinadas a fortalecer la inclusión y el desarrollo de la economía social de la población que requiere un trato preferente.
  15. Coordinar la consolidación de bases de datos de la caracterización de la población de cada uno de los grupos de interés de su competencia.
  16. Promover acciones encaminadas a la defensa y protección de los derechos humanos de los grupos sociales de interés de su competencia en articulación con la Secretaria de Gobierno.

. Son funciones de la Gerencia para la Atención de Grupos Étnicos y Comunidad LGBTI las siguientes:

  1. Formular e implementar programas y proyectos dirigidos a los diferentes grupos étnicos y la comunidad LGBTI del Departamento.
  2. Gestionar espacios que permitan adelantar acciones para la visibilidad y participación directa de los diferentes grupos étnicos y la comunidad LGBTI asi como garantizar su inclusión en los procesos de desarrollo del Departamento.
  3. Promover el desarrollo de procesos de consulta, concertación y participación al interior de cada grupo étnico para implementar proyectos pertinentes a sus particularidades sociales, culturales, lingüísticas y territoriales.
  4. Realizar seguimiento, monitoreo evaluación a la ejecución de los recursos y programas definidos para la atención de enfoque diferencial.
  5. Promover la sinergia de actores a través de la articulación de los planes, programas y sus acciones en el marco del Plan de Desarrollo Departamental y sus competencias.
  6. Apoyar la formulación colectiva de las políticas sociales que involucran los diferentes grupos étnicos.
  7. Brindar asesoría y asistencia técnica a los Municipios asi como realizar su seguimiento a través de encuentros pares para involucrarlos en el desarrollo de los programas y proyectos en el marco de sus competencias.
  8. Realizar el enlace entre las entidades nacionales y los municipios del Departamento en el cumplimiento de los lineamientos, directrices y normatividad relacionada con los derechos de las diferentes etnias y la comunidad LGBTI.
  9. Implementar proyectos de economía social que permitan a la población que requiere un trato preferente ser partícipes del desarrollo económico del Departamento e insertarse en la economía formal.
  10. Formular y ejecutar planes, programas y proyectos orientados al fortalecimiento de las economías sociales y solidarias del Departamento y de apoyo a los emprendimientos socioeconómicos de la población que requiere un trato preferente especialmente la comunidad LGBTI y minorías étnicas.
  11. Efectuar la formulación y desarrollo de los demás proyectos liderados por la Dirección que le sean asignados.
  12. Conformar y mantener actualizada la base de datos de la caracterización de la población de cada uno de los grupos de interés de su competencia.

. Son funciones de la Gerencia para los Programas Especiales las siguientes:

  1. Participar en la formulación e implementación de programas y proyectos dirigidos a la superación de la pobreza.
  2. Realizar la formulación, implementación y seguimiento de la política de Seguridad Alimentaria del Departamento.
  3. Formular e implementar programas y proyectos que contribuyan a la atención de niñas, niños de primera infancia, mujeres gestantes, lactantes y adultos mayores en riesgo nutricional.
  4. Realizar estudios análisis e indagaciones relacionadas con las necesidades de alimentación y nutrición, asi como la forma de atender oportuna, adecuada y materialmente su provisión a través de la sala situacional de seguridad alimentaria y nutricional del observatorio departamental.
  5. Apoyar los programas y estrategias del Gobierno Nacional para contribuir a la superación de la pobreza extrema con sinergia de actores.
  6. Coadyuvar en la formulación e implementación de planes de seguridad alimentaria en los municipios a partir de los lineamentos establecidos en la política Departamental.
  7. Brindar asesoría y asistencia técnica a los Municipios asi como realizar su seguimiento a través de encuentros pares para involucrarlos en el desarrollo de los programas y proyectos en el marco de sus competencias.
  8. Realizar el enlace entre las entidades nacionales y los municipios del departamento en el cumplimiento de los lineamentos, directrices y normatividad relacionada con las políticas, proyectos y acciones destinados a la superación de la pobreza.
  9. Adelantar los demás programas sociales especiales que le sean asignados por el Secretario de Desarrollo e Inclusión Social.
  10. Efectuar la formulación y desarrollo de los demás proyectos liderados por la Dirección que le sean asignados.
  11. Realizar y rendir los informes mensuales de los recursos de inversión del sistema general de regalías en las plataformas que correspondan.
  12. Promover la sinergia de actores a través de la articulación de los planes, programas y sus acciones en el marco del Plan de Desarrollo Departamental y sus competencias.
  13. Conformar y mantener actualizada la base de datos de la caracterización de la población de cada uno de los grupos de interés de su competencia.

Consulte el Decreto Departamental 510 de 2022 "POR EL CUAL SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEPARTAMENTAL, SE DEFINE LA ORGANIZACIÓN INTERNA Y LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS DEL SECTOR CENTRAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE CUNDINAMARCA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

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