Comisiones de servicios y pago de viáticos


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Imagen banner Comisión de servicio

¿Qué es una comisión de servicios?

Situación administrativa en la cual el empleado por disposición de autoridad competente ejerce temporalmente las funciones propias de su cargo en lugares diferentes a la sede habitual de su trabajo o atienden transitoriamente actividades oficiales distintas a las inherentes al empleo de que es titular. (Art. 2.2.5.5.21 Decreto 1083 de 2015).

Tipos de comisión

Las comisiones pueden ser: 

  • Comisión de servicios.
  • Comisión para adelantar estudios.
  • Comisión para desempeñar un cargo de libre nombramiento y remoción.
  • Comisión para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, de organismos internacionales o de instituciones privadas.

Imagen: Tipos de comisión

Viáticos y gastos de transporte

Imagen: Viáticos y gastos de transporte

Es el reconocimiento que se hace a los empleados cuando realizan comisiones oficiales de servicio fuera de su sede o área de trabajo, para atender gastos de alojamiento, alimentación, gastos de pasajes y transporte.


Para tener en cuenta

  • El certificado de permanencia debe ser firmado por la autoridad competente en el municipio, ciudad o destino donde se realiza la comisión; una vez finalizada la comisión el documento debe ser firmado por el Secretario de Despacho o Director de Unidad. No habrá lugar a reconocimiento y pago de viáticos o gastos de transporte sin que previamente se aporte el mencionado certificado aprobado por las autoridades competentes.
  • La solicitud debe realizarse de conformidad con la norma y con antelación a la fecha programada para salir en comisión. Ningún servidor público puede iniciar la comisión sin que previamente se haya aprobado por la autoridad competente (Secretario de Despacho o Director de Unidad y para el caso de Secretarios y Director de Unidad por la Secretaria de la Función Pública). En caso contrario, asume la responsabilidad disciplinaria que esta omisión le genera, así como las consecuencias por la falta de reporte oportuno a la ARL antes de iniciar la comisión.
  • El funcionario NO debe realizar el desplazamiento sin tener el certificado de permanencia, generado por el aplicativo Nomplus.
  • El funcionario que salga a comisión debe conocer el Instructivo de requisitos de seguridad en comisión de servicios.
  • Los Gerentes y/o directores de entidades descentralizadas deberán gestionar la solicitud de comisión de servicio mediante oficio a la secretaria de función pública con previa autorización del Gobernador del Departamento. Dentro de los tres (3) siguientes a la finalización de la comisión, deberá radicar el informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en el desarrollo de la misma. El reconocimiento de viáticos y gastos de transporte será responsabilidad única y exclusiva de la entidad descentralizada.
  • Para los Gerentes y/o Directores de entidades descentralizadas que les aplique, según sus estatutos. Es necesario anexar la autorización otorgada por la junta que integra la gerencia de la entidad para que se pueda proceder a radicar el oficio de solicitud de comisión fuera del país ante la Secretaria de Despacho de la Función Pública.
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