Son funciones esenciales de la Secretaría de Prensa y Comunicaciones, las siguientes:
1. Definir, dirigir y vigilar la aplicación de la política de información y comunicación de la Entidad Territorial.
2. Diseñar, dirigir y monitorear el Plan Estratégico de Comunicaciones de la Entidad Territorial.
3. Diseñar, dirigir y monitorear el Plan de Promoción, Fortalecimiento y Consolidación de la imagen del Departamento.
4. Asesorar al Gobernador, a los Secretarios de Despacho, gerentes y en general a los funcionarios de las diferentes dependencias de la Administración Departamental en su relacionamiento con medios de comunicación.
5. Dirigir la producción y difusión de contenidos periodísticos y otros formatos comunicativos, así como campañas que mantengan informados de manera clara, oportuna y eficaz a los diferentes grupos de interés de la Entidad acerca de la gestión, programas y proyectos que adelanta.
6. Asesorar la construcción, promoción y posicionamiento de las diferentes marcas de la administración departamental, así como supervisar la correcta aplicación de la imagen corporativa.
7. Asesorar el enfoque conceptual y de ejecución en la realización de los diferentes contenidos y piezas de comunicación solicitados y/o propuestos por las diferentes entidades y dependencias de la administración departamental.
8. Dirigir la elaboración y promoción de contenidos gráficos y audiovisuales, así como campañas de comunicación que permitan posicionar la imagen del departamento entre sus diferentes grupos de interés.
9. Definir, dirigir y administrar mecanismos y canales de comunicación tanto internos como externos que permitan divulgar la información producida por la Administración Departamental.
10. Dirigir el Centro de Producción Audiovisual y la Emisora del Departamento.
11. Establecer, dirigir y administrar mecanismos de monitoreo que permitan establecer la percepción de la opinión pública respecto de la gestión, programas, proyectos y servicios prestados por el Departamento.
12. Dar respuesta oportuna a las solicitudes de información de los diferentes grupos de interés, así como rectificar oportunamente toda información inexacta que circule sobre el Departamento o que se encuentre relacionada con la gestión, programas, proyectos y servicios prestados por la Entidad Territorial.
13. Dirigir y orientar las estrategias de comunicación de crisis cuando se requiera con el fin de minimizar el impacto negativo generado por información inexacta o tendenciosa contra la Administración Departamental.
14. Determinar con las dependencias y entidades del sector central y descentralizado los procedimientos de comunicación que permitan la generación de la información y comunicación que por mandato legal le corresponde al Departamento suministrar a los órganos de control.
15. Propender el suministro de información veraz y oportuna para el proceso de rendición de cuentas públicas y que ésta sea comunicada de manera efectiva a través de los canales correspondientes.
16. Establecer mecanismos y estrategias de comunicación que permitan aumentar la participación de las comunidades del Departamento en la formulación e implementación de políticas públicas, así como la recolección y registro de información con destino a los funcionarios de la administración con el fin de que esta incida y facilite una mejor toma de decisiones.
17. Asesorar y facilitar la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación en el Departamento, que permitan aumentar la participación y el control ciudadano.