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Licencias de Seguridad y Salud en el Trabajo – Persona Jurídica


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La Secretaria de Salud de Cundinamarca informa que a partir del 19 de junio del 2024 entran en rigor las resoluciones No. 754 de 2021 y la 1151 de 2022 expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social “Por la cual se establecen los requisitos y procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo

El procedimiento de expedición, renovación o cambio de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo se adelantara ante las secretarias departamentales y distritales de salud por medio del aplicativo web el interesado debe realizar el siguiente paso a paso:

  1. Registrarse ante el portal Mi Seguridad Social a través del enlace: https://miseguridadsocial.gov.co , debe ingresar sus datos correctamente como están en su documento de identidad ya que estos mismos serán usados para la expedición de su Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  2. Ingresar al aplicativo web, a través de la ventanilla de trámites y servicios para acceder al formulario, que direccionara automáticamente la solicitud a la secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, con jurisdicción del domicilio de la sede de la cual se solicita la licencia, o aquella que la expidió inicialmente en caso de renovación en el enlace: https://tramites.minsalud.gov.co/tramitesservicios/
  3. Ingresar los documentos exigidos conforme con lo descrito en el capítulo III de la resolución No. 745 del 2021 y el  anexo técnico No. 2 de la resolución 1151 del 01 de julio del 2022.
  4. La secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces verificara el cumplimiento de los requisitos definidos en la presente resolución.
  5. La secretaria departamental o distrital de salud o la entidad que haga sus veces, realizara la visita de verificación de requisitos, en los términos establecidos en los artículos siguientes, e ingresar a través del aplicativo web, en formato PDF, el acta.
  6. El trámite es gratuito (sin costo para el usuario).

 

El correo electrónico licencias.sst@cundinamaraca.gov.co se manejara para temas informativos o asesoría del trámite. El único canal habilitado para expedición, renovación y cambios en las Licencias de Seguridad y Salud en el Trabajo y su correspondiente gestión de persona jurídica será con el aplicativo web implementado por el Ministerio de Salud y Protección Social.

 

Solo para verificación: (Licencia de Seguridad y Salud en el trabajo – Persona Jurídica)

Para la verificación de la Licencia en Seguridad y Salud en el trabajo, está debe ser expedida por la Secretaria de Salud de la Gobernacion de Cundinamarca y con fechas de expedición anteriores al 18 de junio del 2024.

Si la validación o verificación la realiza un tercero, es decir no el representante legal de la licencia, debe tener en cuenta lo siguiente:

  • El correo para enviar la solicitud de verificación de licencia SST es notificacioneslicenciassalud@cundinamarca.gov.coen el cual usted debe incluir el nombre del representante legal y la razón social de la empresa titular de la licencia a verificar.
  • Se debe adjuntar la(s) licencia (s) en PDF (documento que quiere verificar de manera legible y completo)
  • Oficio de autorización para el tratamiento de los datos personales, firmada por el titular de la misma es decir el representante legal titular de la licencia a verificar, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto No. 1377 de 2013, modelo elaborado por el tercero (empresa que solicita la verificación)

Si la validación o verificación la solicita el representante legal de la Licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo debe:

  • Enviar la solicitud desde un correo electrónico que compruebe que es el titular de la licencia es decir que tenga su nombre
  • Copia de cedula de ciudadanía

El trámite de la verificación esta estandarizado en promedio de ocho días a partir del día de la recepción en la bandeja de notificaciones, recuerde que las solicitudes se responden en orden de llegada.   

 

NOTAS ADICIONALES:

  • Las personas naturales con títulos expedidos en el exterior, deben realizar el trámite de convalidación del título profesional ante el Ministerio de Educación Nacional y solicitar la licencia ante la respectiva Secretaría Seccional o Distrital de Salud, anexando como soporte, copia del diploma en el cual se acredite su formación en una de las áreas que conforman la Seguridad y Salud en el Trabajo, según lo previsto en el artículo 1 de la Ley 1562 de 2012 y la homologación del título ante el Ministerio de Educación Nacional. 
  • Los extranjeros que van a prestar servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo en Colombia deben solicitar la autorización ante el Ministerio de Relaciones Exteriores o las Oficinas Consulares de la República, de acuerdo con las disposiciones sobre control de visas y extranjeros establecidas en el Decreto 4000 de 2004, modificado por el Decreto 0107 de 2012 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

 

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